«La libertad es no padecer cautiverio ajeno, pero tampoco propio» (Valcárcel, 2020: 397).
La «libertad» ha sido un concepto muy prostituido, y es que se le han dado tantos sentidos que se ha quedado sin ninguno. Ahora está vacío de contenido si hablamos de este término en la calle, que, paradójicamente, es donde más se reivindicó. Habrá que intentar reapoderarse del concepto puro de libertad, porque ya no sirve ningún símil neoliberal e individualista. Stuart Mill trató en su obra el tema y elaboró el principio del daño:
«Este principio afirma que el único fin por el que está justificado que la humanidad, individual o colectivamente, interfiera en la libertad de acción de cualquiera de sus miembros es la propia protección. Que el único propósito con el que puede ejercerse legítimamente el poder sobre un miembro de una comunidad civilizada, contra su voluntad, es impedir el daño a otros. Su propio bien, físico o moral, no es justificación suficiente. Nadie puede ser obligado justificadamente a hacer algo, o a abstenerse de hacerlo, porque sea mejor para él, porque le haría feliz o porque, en opinión de otros, hacerlo sería más acertado o más justo. Estas son buenas razones para discutir o razonar con él, para persuadirle o suplicarle, pero no para obligarle o inflingirle (sic) algún daño si actúa de otro modo. Para justificar esto debe pensarse que la conducta de la que se le quiere disuadir producirá un daño a otro. La única parte de la conducta de cada uno por la que es responsable ante la sociedad es la que afecta a los demás. En la parte que le concierne a él, su independencia es, de derecho, absoluta. Sobre sí mismo, sobre su propio cuerpo y espíritu, el individuo es soberano» (Carbonell, 2008: 133).
El principio del daño, a pesar de ser criticado y tachado de moralista, debería ser un valor prioritario que el legislador deba tener en cuenta a la hora de crear todas y cada una de las normas. Mill entendía que el Estado debía amparar a aquellos/as que no saben ejercer su libertad de una forma cabal, deben ser protegidos por otros/as ciudadanos/as tanto de los agentes externos como de sí mismos/as. La idea de que un Estado limite la libertad de los individuos para que no vulneren los derechos de otros/as ha sido identificada como paternalista. Pero es que se supone que «España se constituye en un Estado social y democrático de Derecho, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político», según recoge el artículo 1 de la Constitución. Lo cual nos acerca la legislación a esa línea de pensamiento de Mill.
En este sentido, Ernesto Garzón Valdés ha realizado una tesis de acuerdo con la cual el paternalismo del Estado y de sus normas se justifica siempre que la persona presente una «incompetencia básica». La «incompetencia básica» consiste en una condición necesaria pero insuficiente para justificar medidas paternalistas. El individuo será «incompetente básico» en muchos casos, por ejemplo, cuando carece de información relevante sobre la situación en la que va a actuar, cuando no puede tomar decisiones porque su fuerza de voluntad está muy mermada o cuando se encuentra bajo coacción.
El feminismo de hoy se ve alterado por la malinterpretación de la libertad, entendida como una libertad neoliberal, material, física, irracional, egoísta e individualista. Esta supuesta libertad se contrapone a la igualdad, porque el primer concepto tendrá un sentido individualista y el segundo, colectivo. Es decir, se pretende la igualdad de todas las mujeres, el simple reconocimiento de que las mujeres somos personas y, como tales, tenemos unos derechos que nos amparan. Y ninguna jerarquía social debería entorpecer el disfrute de tales derechos.
Unas defienden la igualdad y otres defienden la libertad (individual y narcisista). De aquí surgen, o al menos se hacen más visibles, la ruptura y la confusión del movimiento feminista. La banalización de las problemáticas sufridas por las mujeres (hembras humanas) y la falta de conocimiento de muches que se autodefinen como feministes han derivado en esta guerra de guerrillas. Estamos asistiendo a la absorción de un movimiento sociopolítico por el poder, al vaciamiento de su contenido para ser rellenado con ideologías neoliberales, patriarcales e individualistas, lo que viene a ser la eliminación del propio movimiento. Es así como se erradican las luchas de los vulnerables, de una forma estrictamente sutil. Pero cada sujeto también tiene parte de responsabilidad en la aceptación de la distopía e incluso en el apoyo a la misma. La objetividad moral que viene del paternalismo de Mill o de Garzón Valdés podría ser un inconveniente. Sin embargo, es en la propia teoría feminista en donde se encuentra esa objetividad moral más pura, es ahí donde las piezas del puzle encajan a la perfección. Esto se debe a lo completa que es, a su amplia genealogía, a sus trescientos años de actividad y a cómo han permeado otros conocimientos en ella. Entonces, lo «conveniente» será aquello que lleve a un beneficio común o, al menos, a un respeto de los demás seres. De esta forma, la libertad quedaría completamente alineada y equilibrada con la igualdad, volviendo a darle el sentido colectivo que tenía antes de que las distopías se impusieran.
Hegel explicó que «la libertad es un despliegue: son las instituciones realmente existentes y el margen de acciones que hacen posibles» (Valcárcel 2020: 393). Ese margen suele ser limitado en un sistema como en el que vivimos. Será, entonces, competencia de unos/as pocos/as salvaguardar la libertad y la igualdad de todas y todos. Esto nos lleva a una esencia horaciana del Renacimiento y el Barroco, y a una esencia estoica de conocer el mundo. Ese conocimiento profundo del mundo, su funcionamiento y sus tiranos es lo que otorga la capacidad de liberar a aquellos/as que no se pueden liberar a sí mismos/as, de manera que quienes estén en una situación de vulnerabilidad son desprovistos de su libertad, carne de cañón. Por lo tanto, habrá que recurrir a aquellas personas o instituciones que hagan posible el desarrollo de la libertad y la igualdad colectivas. Por y para la gente, no por y para el mercado.
Volviendo a Mill, este entiende que la libertad humana «comprende, primero, el dominio interno de la conciencia; exigiendo la libertad de conciencia en el más comprensivo de sus sentidos; la libertad de pensar y sentir; la más absoluta libertad de pensamiento y de sentimiento sobre todas las materias, prácticas o especulativas, científicas, morales o teológicas. (...) La libertad humana exige libertad en nuestros gustos y en la determinación de nuestros propios fines; libertad para trazar el plan de nuestra vida según nuestro propio carácter para obrar como queramos, sujetos a las consecuencias de nuestros actos, sin que nos lo impidan nuestros semejantes en tanto no les perjudiquemos, aun cuando ellos puedan pensar que nuestra conducta es loca, perversa o equivocada» (Carbonell, 2008: 148). La autonomía personal está limitada por el contexto de los sujetos. La cultura y los medios de comunicación están alienando a la sociedad, por tanto, aquellos que pretendan ser libres deberán darse cuenta de qué ideas son recibidas desde el exterior y cómo afecta esto a sus vidas y a sus supuestas «decisiones». Entonces se percatarán de que aquello que eligen no lo hacen en libertad, sino en la carencia de esta. Para salir de estas creencias impuestas y alcanzar una libertad de pensamiento, son necesarias la voluntad y el esfuerzo de los individuos. Es por ello que la libertad, tanto de pensamiento como de expresión de estos pensamientos, se encuentra recogida en la Constitución en el artículo 20. Los derechos fundamentales no pueden arrebatarse a nadie y, si la confusión de la sociedad es tal como para vulnerar nuestros derechos, habrá que cuestionarse muchas cosas. No todos los deseos se pueden convertir en derechos, por ejemplo las formas de explotación del cuerpo de las mujeres que se están exigiendo como si debieran serlo. Existen métodos de manipulación peores que la coerción física. Por lo tanto, habrá que estar muy atentos a qué se exige y por qué.
Con esto se pretende hacer una crítica a la corriente liberal que se opone a cualquier intervención en la autonomía de los sujetos. Los ejes de opresión recaen sobre algunas personas, hasta el punto de ser intrínsecos a su biología. Por ejemplo, a las mujeres nos violan y nos matan por ser mujeres. Los derechos de las personas vulnerables deben estar garantizados, algo que parece obvio no se da en la actualidad (Lell, 2018). Esto se relaciona claramente con la absorción del feminismo por el capitalismo. En esta era del vacío[1], los lobbys, que siempre han entendido muy bien el funcionamiento de la sociedad, han tratado, una vez más, de manipularnos. Y las personas, alienadas, han dicho amén a sus mandatos, creando así distopías como la defensa de la explotación reproductiva y sexual, la aceptación de la teoría queer… Las falacias y la demagogia han calado tanto en la sociedad que han abierto la ventana de Overton de par en par. Cabe todo, somos más libres que nunca (nótese la ironía). Sin embargo, los oprimidos nunca defendieron tanto a sus opresores como ahora.
BIBLIOGRAFÍA
BERBEL SÁNCEZ, Sara y Maribel CÁRDENAS JIMÉNEZ (2005) “Libertad frente a igualdad: un falso debate”, en Mujeres en Red, el periódico feminista (https://www.mujeresenred.net/spip.php?article163).
CARBONELL, Miguel (2008). “VOLVIENDO A LEER A JOHN STUART MILL: CLAVES PARA COMPRENDER LA LIBERTAD EN EL SIGLO XXI”, Boletín Mexicano de Derecho Comparado, Páginas 127-149 Universidad Nacional Autónoma de México (https://www.redalyc.org/articulo.oa?id=42723039008).
GARZÓN VALDÉS, Ernesto (1993), "¿Es éticamente justificable el paternalismo jurídico?", Revista Derecho, ética y política, Madrid. Páginas 371 y 372.
LELL, Helga María (2018), “El paternalismo jurídico y su justificación ética en el pensamiento de Ernesto Garzón Valdés”. Revista Facultad de Derecho y Ciencias Políticas, Vol. 48, Núm. 129 (Ejemplar dedicado a: julio - diciembre). Páginas 439-458
LIPOVETSKY, Guilles (1983), “La era del vacío: ensayos sobre individualismo contemporáneo”. Anagrama compactos.
PACE, Alessandro (2002) “Igualdad y libertad”. Revista Española de Derecho Constitucional Año 22. Núm. 64. Páginas 53-77.
VALCÁRCEL, Amelia (2007) “Vindicación del humanismo (XV Conferencias Aranguren)” Isegoría: Revista de filosofía moral y política, Núm 36. Páginas 7-61
VALCÁRCEL, Amelia (2020) “El sentido de la libertad”. Anales de la Cátedra Francisco Suárez, Núm. 34. Páginas 377-402.
[1] Término de la obra de Gilles Lipovetsky.
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